Listado de restaurantes de Ibagué que reabrirán sus negocios para atención al público

Este es el listado de los sesenta (60) establecimientos gastronómicos y restaurantes de Ibagué que podrán abrir sus establecimientos para atención al público según RESOLUCIÓN No. 1800 – 011 ( 12 de julio de 2020 ) impartida por la Alcaldía de Ibagué.

RESTAURANTES PILOTO ZONA URBANA

ZONA 1 LA POLA

  1. Jusso
  2. Café
  3. Madero Steak House
  4. El churrasco
  5. Plaza Express
  6. El Ilustre
  7. El Tablazo

ZONA 2 MACARENA

  1. Augurio
  2. María y El Mar
  3. Restaurante el Cartel
  4. Fauna
  5. Sr Law
  6. Cochón Grill.
  7. Tosco
  8. La Crepería
  9. Fogón Antioqueño
  10. Parrilla Gourmet
  11. Hamburguesa la Burguesa

ZONA 3 AVENIDA 60

  1. Don Pedro típico Colombiano
  2. Restaurante bar la parrilla de Marcos
  3. Fervor
  4. Inka group Sas
  5. Andres Parrilla Ibagué
  6. Salvador y Milagros
  7. El gran Camarón Killero
  8. Encanto del mar
  9. El patio de mi casa
  10. Restaurante Tango
  11. Zona picnic
  12. Dominos Pizza

ZONA 4 AVENIDA 69

  1. Cuzco
  2. Kioto
  3. Ricotta

ZONA 5 MIROLINDO

  1. Carnaval del pollo
  2. Paso Real
  3. Puerto Mojarra

RESTAURANTES PILOTO ZONAS RURALES:

Zonas y sectores rurales, atendiendo a que se encuentran en un entorno natural y de destino turístico; la prestación del servicio bajo la modalidad a la mesa, se llevará a cabo únicamente los días sábados, domingos y lunes festivos, en el horario comprendido entre las 10 am y 7 pm.

SECTOR 1 CAÑON DEL COMBEIMA

  1. Restaurante El Peñón
  2. Restaurante Barbacoa M&G
  3. Restaurante Los Mirtos
  4. Restaurante Bar Casa Pinares
  5. Restaurante Los Pinos
  6. Restaurante Iguaima
  7. Restaurante el Canasto

SECTOR 2 TOTUMO

  1. El gran Pescador
  2. Reserva natural Santa fe de los Guaduales
  3. Moggy Parrilla
  4. Mi cabaña campestre

Para el sector del cañón del combeima se deberá coordinar la entrega de las reservas previas con los siguientes datos de identificación: nombre, número de cédula, y placa del vehículo, establecimiento donde se realiza la reserva, los cuales serán suministrados al puesto de control de la policía nacional, en aras de realizar el control en cada restaurante.

 

CENTROS COMERCIALES 

  1. Centro Comercial Multicentro
  2. Centro comercial Estación
  3. Centro Comercial Acqua

LISTADO DE RESTAURANTES: 

  1. El Corral
  2. McDonads
  3. Juan Valdez
  4. Frisby
  5. K.F.C
  6. Dunkin Donuts
  7. Tutto Gelatto
  8. Presto
  9. Sr Wok
  10. Búfalos
  11. Subway
  12. Combos del Establo
  13. Sandwich Qbano
  14. Fillet Station
  15. Tenedor
  16. Juanchoconat
  17. Sattua
  18. Mi perro
  19. Orale parce
  20. Mis carnes
  21. Estambul doner kebad SAS
  22. Enchilangos
  23. El buque
  24. Rinnos pizza
  25. Frijoles otra vez
  26. Don Jediondo
  27. Tango
  28. Krokan Broaster
  29. Mr arroz
  30. Tinajas
  31. Boom Wok
  32. María Bonita

PLAZOLETA DE COMIDA – MODALIDAD AUTOSERVICIO 

Este tipo de modalidad aplica en centros comerciales para plazoletas de comida; los clientes formularan y cancelaran su pedido en caja por anticipado, y se ubicarán en una plazoleta comunal.

No se permitirá el consumo de alimentos en zonas comunes de los centros comerciales en lugares diferentes a las plazoletas de comidas y/o establecimientos. 

 

MEDIDAS ADICIONALES: 

  1. Realizar marcas visuales o señalizar las diferentes posiciones de trabajo y de interacción con los clientes, incluyendo las zonas de espera, pedido, pago y entrega de productos, para cumplir con las normas de distanciamiento social.
  2. Tener disponible, de manera permanente y suficiente, gel antibacterial en la barra y en la caja, para la limpieza de manos de los clientes y del personal que está en contacto con ellos.
  3. Centros comerciales y grandes superficies tendrán a su cargo el protocolo de los visitantes a las plazoletas de comidas y harán las modificaciones en su comedor comunal en cuanto a la distribución de mesas, sillas y áreas de circulación que garanticen las separaciones mínimas exigidas; dejando registro de dichos cambios en un plano de la plazoleta.
  4. Los centros comerciales y grandes superficies como medida de prevención para evitar el contagio entre sus visitantes y usuarios, implementará dentro de su plazoleta de comidas las siguientes disposiciones: Teniendo en cuenta la capacidad de cada mesa se recomienda limitar el uso de sillas, por ejemplo: Las mesas con capacidad para 4 personas, se limitará a 2 personas. 5. Alternar mesas disponibles y mesas no disponibles, con el fin de garantizar el distanciamiento físico.
  5. Instalar en las mesas disponibles acrílicos que permitan la división del área de la mesa garantizando el distanciamiento entre los usuarios al momento de consumir alimentos.
  6. El local debe garantizar que los alimentos y demás productos entregados estén completamente sellados.
  7. La limpieza y desinfección constante del área de entregas de pedidos es fundamental y debe estar aislada de lugares de almacenamiento o procesamiento de alimentos. Manténer los espacios ventilados, iluminados y limpios.

 

RESTAURANTES CENTROS COMERCIALES – SERVICIO A LA MESA 

Establecimientos independientes que se encuentran ubicados dentro de un Centro Comercial, en los que los clientes son asistidos por personal del mismo, y en el que se cuenta con servicios sanitarios independientes, así como parqueaderos para sus clientes y/o valet parking. Para esta modalidad se deberá garantizar la aplicación de las medidas relacionadas en el artículo tercero de la presente resolución.

RESTAURANTES S EN HOTELES: 

  1. Hotel Estelar
  2. Hotel Casa morales
  3. Hotel Sonesta
  4. Hotel Dulima
  5. Hotel Dann
  6. Hotel Lusitania
  7. Hotel Copiclub

 

Para el sector del Cañón del Combeima la prestación del servicio bajo la modalidad a la mesa, se llevará a cabo únicamente los días sábados, domingos y lunes festivos, en el horario comprendido entre las 10 am y 7 pm; y se deberá coordinar la entrega, de las reservas previas ejecutadas, con los datos de identificación como: nombre, número de cédula, y placa del vehículo, los cuales serán suministrados a la policía nacional, en aras de realizar el control en cada restaurante.

Los establecimientos gastronómicos, restaurantes y/o relacionados en los cuales se llevará a cabo la implementación del Plan Piloto, para la habilitación del servicio a la mesa; deberán efectuar previamente, la actualización, modificación y registro de los Protocolos de Bioseguridad, por medio de los cuales se adopten y garanticen las nuevas medidas tendientes a la habilitación del servicio a la mesa.

El tramite de Registro de los Protocolos de Bioseguridad, actualizados y/o modificados, descrito en el presente artículo; No otorgará por si solo, la viabilidad para la implementación y funcionamiento del servicio. Será la Secretaría de Salud Municipal, la que previa visita de control y vigilancia en sitio, que realice a los establecimientos; emita el concepto de favorabilidad por medio del cual se otorgará o no, la viabilidad para la implementación y funcionamiento del servicio. Conforme a lo estipulado en el Parágrafo del Artículo Tercero del decreto No 1000- 0364 de 2020.

El registro mencionado previamente, se llevará a cabo por medio de la plataforma www.ibague.gov.co o al portal http://www.ibague.gov.co/reactivacion-economica de la Alcaldía de Ibagué para los establecimientos relacionados en la presente resolución.

 El desarrollo y funcionamiento de las actividades en las que se involucre el servicio a la mesa, se llevará a cabo en una zona horaria comprendida entre las 8:00 am y 10 pm. Se deberá respetar en todo caso, los toques de queda decretados, o los que se llegasen a decretar. Los clientes que hagan uso de este servicio, estarán exceptuados de la medida del pico y cédula contemplada en el artículo 8o del Decreto 1000-0306 del 1 de junio de 2020. Conforme a lo estipulado en el Paragrafo del Artículo Segundo del decreto No 1000- 0364 de 2020.

Los establecimientos gastronómicos, restaurantes y/o relacionados; deberán reforzar las medidas de bioseguridad contempladas en las Resoluciones 666 del 24 de abril 2020, 749 del 13 de mayo de 2020, 1050 del 26 de junio de 2020, las contempladas en el Parágrafo Tercero del Decreto Municipal No 1000- 0364 de 2020; y de manera complementaria garantizar el cumplimiento de las medidas que a continuación se relacionan:

  1. Las mesas deberán estar preparadas para un máximo de 2 personas, y contar con un dispensador de alcohol en gel antibacterial.
  2. Uso obligatorio de mascarilla antes y después del consumo de alimentos preparados en la mesa.
  3. Uso obligatorio y permanente de tapabocas para los meseros, empleados de la cocina y en general todo el personal que labore en los restaurantes durante toda su jornada laboral.
  4. Establecer un punto de control a la entrada del establecimiento donde se realice la toma de temperatura, verificación del uso correcto del tapabocas y del procedimiento de desinfección de manos y zapatos. Así cómo, horarios fijos y continuos de lavado regular de manos usando agua y jabón, o un desinfectante a base de alcohol y establecer puntos clave y visibles para dicho lavado, tanto del personal de trabajo como para los clientes.
  5. Suministro permanente de desinfectante o soluciones a base de alcohol gel al 70% para todos los empleados y clientes, en distintos lugares, incluyendo mesas.
  6. Realizar controles permanentes de temperatura al ingreso de cada establecimiento y/o lugar de trabajo, para clientes y empleados, y llevar el correspondiente registro de los mismos.
  7. Establecer horarios de atención especiales para las personas adultas y/o más vulnerables ante el contagio de COVID-19.
  8. Promocionar e implementar el uso de medios de pago electrónico, y desinfectar las tarjetas y los datáfonos en cada operación.
  9. Aumentar la ventilación de manera natural o artificial, en sus establecimientos comerciales.
  10. Evitar contacto con superficies fijas y/o del entorno inmediato de contacto común tales como: paredes, lavamanos, inodoros, aparatos electrónicos, superficie de mostradores, pasamanos de escaleras, tiradores de puertas, baños públicos, etc.
  11. Evitar el contacto con superficies o elementos de uso común compuesta por tela, madera, vidrio, acero inoxidable, cobre, cartón y plástico. Del mismo modo desinfectar regularmente las mismas.
  12. Desinfectar eficazmente los objetos y superficies antes mencionados, así como las mesas de consumo directo de alimentos después de su eso, haciendo uso en primer lugar de agua y jabón y aplicando una fuerza mecánica, bien sea cepillo o frotado, finalmente aplicar un desinfectante químico, como el cloro o el alcohol, para destruir los microbios remanentes, de lo contrario, solo se eliminaría la suciedad, pero no de destruyen los microrganismos.
  13. Capacitar a las personas en desinfección de objetos y/o superficies.
  14. Evitar en lo posible, la aplicación de desinfectantes en interiores mediante fumigación o nebulización de las superficies del entorno inmediato, debido a que el rociamiento de desinfectantes entraña riesgos para los ojos, irritación respiratoria o cutánea y los efectos consiguientes sobre la salud.
  15. Dar estricto cumplimiento a la lista de chequeo de la Resolución 666 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, para los trabajadores al momento del ingreso a las instalaciones de trabajo.
  16. Proporcionar elementos de protección personal EPP – medios de protección para la cara o los ojos (mascarillas, pantallas faciales o gafas protectoras) durante los procesos de limpieza que puedan generar salpicaduras (por ejemplo, la limpieza de superficies).
  17. Prohibir el uso de celulares y demás equipos de comunicación en el área de preparación de alimentos, y durante la atención al público.
  18. Realizar una desinfección de los utensilios y demás elementos de cocina al finalizar la preparación de comidas.
  1. Dotar a los trabajadores de elementos de protección personal, acompañado de instrucciones para el adecuado uso de los mismos bajo la correspondiente supervisión.
  2. Diseñar un área de recepción de insumos, equipos, materiales, según el tamaño de los mismos, que contemple 2 espacios separados: un espacio “Exterior” para la limpieza y desinfección de estos, y un espacio ”Interior” para su uso y/o conservación
  3. Garantizar la protección permanente de los alimentos, con el uso de películas plásticas, papel de aluminio, tapas, vitrinas, etc.
  1. Hacer uso de accesorios o sustancias que contrarresten la contaminación por partículas adheridas al calzado. No utilizar tapetes atrapamugre, ya que contribuyen a la acumulación de virus y bacterias.
  2. Realizar desinfecciones ambientales periódicas por nebulizaciones en frío ULV, para controlar virus y bacterias presentes en los ambientes, servicio que deberá ser prestado por empresas autorizadas por la Secretaría de Salud Municipal, que cuenten con un protocolo de servicio específico para COVID-19.
  3. Todo pedido llevará doble bolsa y estará debidamente sellado para garantizar su protección.
  1. Aumentar la frecuencia en la recolección de residuos sólidos en las diferentes áreas del establecimiento como cocinas, baños y zonas comunes, y mantener limpios y desinfectados los recipientes de recolección de residuos.
  2. Depositar los residuos en canecas con tapa y doble bolsa negra rotuladas y con su correspondiente pedal, para evitar el contacto con las manos.
  3. Eliminar la modalidad de preparación de alimentos en el área de servicio, así como el sistema de autoservicio, al igual que elementos comunes como servilleteros, saleros.
  4. Implementar el uso de cubiertos, suministro de salsas y condimentos, para un solo uso, o en su defecto, realizar la entrega en empaque sellado y desinfectar en cada uso.
  5. Eliminar el uso de carta o menú físico, cambiándolo por el de pantallas, tableros o carteleras, publicación en aplicaciones, páginas web o el uso de código QR.
  6. Eliminar la entrega de dulces o mentas en recipientes a la salida de los establecimientos.
  1. Promover la atención directa a los clientes, a través de un servicio a vehículo para recibir el pedido.
  1. En caso deexpendio por autoservicio, se deberán conservar la distancia mínima de dos (2) metros entre cada persona, y un empleado será el responsable de servir la orden al cliente.
  2. Eliminar la entrega de información o publicidad impresa.
  3. Instalar en la medida de lo posible, barreras protectoras o mamparas en el área de servicio, con el fin de garantizar el distanciamiento físico mínimo entre cada persona, las cuáles deberán ser desinfectadas permanentemente.
  4. No realizar prácticas de degustaciones de alimentos y bebidas en el establecimiento.
  5. Para consumo en mesa, deberá cancelarse el mismo al finalizar el servicio, para lo cual un mesero llevará y recogerá la cuenta en la mesa, y en el mismo sitio se realizará el pago. No se debe permitir el pago en cajas, para evitar aglomeraciones.
  6. Garantizar el distanciamiento mínimo de dos (2) metros entre cada persona dentro de cada establecimiento de comercio, lugar de trabajo y/o demás espacio físico donde se encuentren dos o más personas.
  7. Implementar el servicio mediante cita previa, con el fin de evitar aglomeraciones y garantizar adecuado manejo del aforo.
  8. Establecer en la entrada del establecimiento comercial y/o demás espacios físicos el aforo de personas máximo permitido y dar cumplimiento al mismo.
  9. Hacer uso de hasta el 30% de la capacidad de los elevadores en los establecimientos comerciales.
  10. Hacer uso de pegatinas en el suelo, bien sean pasos, círculos o demás señales en donde se indique el distanciamiento mínimo tanto en la entrada de cada establecimiento y/o espacio físico, como al interior del mismo.
  11. Hacer uso de pegatinas en las mesas de consumo de alimentos preparados a manera de zigzag en aras de evitar quedar en frente de otra persona, y demás zonas del restaurante, en aras de incentivar y mantener el distanciamiento físico.
  12. Hacer uso de señales que permitan identificar a las personas cuando un espacio está libre u ocupado, en aras de respetar las distancias mínimas. (2 metros).
  13. Brindar información clara y general sobre el SARS-CoV-2 tanto a sus empleados como a las personas asistentes, sus formas de contagio, síntomas y su prevención haciendo uso de las TIC.
  14. Prestar directamente el servicio a la mesa o el servicio a la habitación, y eliminar el servicio de desayuno buffet.

 

Los establecimientos deberán implementar un Mecanismo de Reserva, con el cual se garantice una mayor organización, por medio de la asignación previa de mesas, de acuerdo con la reserva efectuada. 

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